ESTATUTOS DE ASOCIACIÓN
del the Earth Association for Regression Therapy
Artículo I – Nombre, sitio e idioma
La Asociación profesional se denominará Earth Association for Regression Therapy (EARTh); en adelante, la Asociación. Su sede oficial será Benschop, Países Bajos.
El idioma oficial de la asociación es el inglés y éste será reconocido en toda la documentación, actas, reuniones y publicaciones.
Artículo II – Propósito
El propósito de la Asociación será mejorar y ampliar la aplicación profesional de la terapia de regresión en Europa a través de:
Artículo III – Asociación sin fines de lucro
La Asociación funcionará sin fines de lucro.
Artículo IV – Membresía
La Asociación estará compuesta por tres clases de miembros:
a) Miembros estudiantiles. Los estudiantes matriculados en programas de formación reconocidos serán considerados “miembros estudiantes”.
b) Miembros profesionales. Se considerarán “miembros profesionales” aquellos miembros que practiquen la terapia regresiva y que sean egresados de programas de formación reconocidos por la Asociación, o que hayan sido elegidos por ésta.
c) Miembros certificados
La membresía termina en caso de:
a) Muerte
b) Renuncia
c) Exclusión por parte de la Junta Directiva:
Artículo V – Derechos y deberes de los miembros
Los miembros profesionales tienen derecho a asistir a la asamblea general de la Asociación, a presentar solicitudes y a ejercer su derecho a voto. Cada miembro tendrá un voto. Los votos no son delegables.
Todos los Miembros deberán pagar anualmente por adelantado las cuotas de membresía fijadas por la Asamblea General, además de todos los demás pagos a su vencimiento.
Todos los miembros recibirán todas las comunicaciones y publicaciones de la asociación y serán invitados a asistir a las reuniones y participar en grupos de noticias de Internet.
Los miembros profesionales tendrán derecho a voto y podrán anunciar y publicar su pertenencia a la Asociación Europea. Firmarán el Código de Conducta y, posteriormente, estarán sujetos a los posibles procedimientos de reclamación iniciados por los clientes.
Los miembros profesionales deberán figurar en el sitio web de la Asociación.
Artículo VI – Utilización de los fondos de la Asociación
Los fondos de la Asociación se utilizarán estrictamente de conformidad con los estatutos. Los miembros no recibirán, en ningún caso, pago, cuota ni subvención de los fondos de la Asociación, salvo autorización expresa de la Asociación y sus directivos. Ningún miembro se beneficiará de gastos que no se correspondan con los objetivos de la asociación ni recibirá pagos desproporcionadamente elevados.
Artículo VII – Año Comercial
El año comercial se extenderá del 1 de julio al 30 de junio del año siguiente.
Artículo VIII – Órganos
a) la Asamblea General
b) La Junta
Artículo IX – Asamblea General
La Asamblea General se reúne una vez al año. La Junta Directiva presentará la convocatoria y la
El orden del día se publicará cuatro semanas antes de la reunión. La convocatoria se enviará a todos los miembros a través del sitio web de la asociación y por correo electrónico o correo postal.
Tareas de la Asamblea General:
a) Aprobación del estado de cuentas presentado por el Consejo y aprobación del informe del auditor interno
b) Despido de la Junta
c) Elección de la Junta Directiva
d) Elección de dos auditores. Los auditores no pertenecerán a la Junta Directiva. Solo podrán ser reelegidos una vez.
e) Modificación de los Estatutos Sociales
f) Decisión sobre propuestas formales
g) Nombramiento de miembros honorarios
h) Disolución de la Asociación
Artículo X – Junta Directiva
La Junta Directiva estará compuesta por al menos el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario y el Tesorero. La Asamblea General decidirá por mayoría simple si se requieren más miembros de la Junta Directiva y cuándo. La Asociación, a todos los efectos legales, estará representada por dos miembros de la Junta Directiva (incluido el Presidente o el Vicepresidente), tanto en juicio como fuera de él.
La Junta será responsable de la debida administración de todas las oficinas.
Los miembros del Consejo Directivo sólo ejercerán sus funciones a título honorario.
Artículo XI – Modificación de los Estatutos Sociales
La modificación de los Estatutos Sociales requerirá una mayoría de tres cuartos de los votos de los miembros presentes con derecho a voto.
Artículo XII – Disolución de la Asociación
La disolución de la Asociación requerirá una Asamblea General Extraordinaria. Dicha disolución requerirá una mayoría de tres cuartos de los votos de los miembros presentes con derecho a voto.
En caso de disolución de la Asociación, todos los fondos restantes se utilizarán inmediatamente para el propósito general de la asociación según lo establecido en el Artículo II.
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